Cuestión prejudicial planteada ante el TJUE sobre dos cuestiones relativas al régimen de viajes combinados: en primer lugar, si es contrario al Derecho de la Unión Europea que ni la Directiva ni la Ley española de viajes incluya, entre la información precontractual obligatoria al viajero, el derecho a resolver el contrato antes de su inicio, obteniendo el reintegro íntegro de lo abonado, cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias que afecten significativamente a la ejecución del viaje; en segundo lugar, si es conforme al Derecho de Unión Europea la limitación impuesta por del derecho procesal español que no permite en ningún caso que una sentencia conceda al demandante más de lo que pidió en su demanda.
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