El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) se pronuncia reiterando su criterio sobre la aplicación de la mediana como punto en el que realizar un ajuste por parte de la Administración, en el caso de que el valor declarado por una entidad en una operación vinculada esté fuera del rango de plena competencia, siempre que se justifique la existencia de defectos de comparabilidad. También resuelve cuestiones conexas a la determinación del rango.
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