En relación a la aplicación del RD-ley 3/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueban medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, ¿se consideran aplicables las medidas contempladas en los artículos 6 y siguientes a los contratos de obras, cuya acta de recepción es anterior a la publicación del citado RD-ley, pero la certificación final no se ha emitido en la citada fecha, teniendo en cuenta lo previsto en el art 7.1 y 9.1?
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados