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Resumen de La discriminación por razón de sexo, por razón de identidad de género y la vinculada a la expresión de género con ocasión de la vestimenta laboral. A propósito de la Sentencia del Tribunal Constitucional núm. 67/2022, de 2 de junio

Pedro Tuset del Pino

  • La sentencia objeto del presente comentario parte de la vestimenta del trabajador, que acudió a su centro de trabajo vistiendo unos días pantalón y otros días falda e, incluso, con un pantalón corto o una falda corta. A pocos días de publicarse la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, el Tribunal Constitucional ha resuelto la posible discriminación derivada del despido de una persona por razón de la identidad de género y su conexión con el artículo 14 CE y, esto es lo más destacable de la sentencia dictada, para definir adecuadamente en presencia de qué causa de discriminación estamos al analizar el supuesto que se presenta a su análisis, partiendo de la necesaria distinción entre las nociones de sexo y género, sin olvidar las condiciones personales como puedan serlo la orientación sexual y la identidad de género.


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