Villanueva de la Cañada, España
El proceso soberanista catalán ha dado lugar a varias demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). La reciente sentencia M. D. y otros c. España se ocupa de la filtración a la prensa de información personal de más de treinta jueces y magistrados en ejercicio en Cataluña que en el año 2014 habían firmado un Manifiesto por el derecho a decidir. En su demanda ante el Tribunal de Estrasburgo alegaron la violación de los artículos 8.1 y 10.1 del Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, que reconocen, respectivamente, el derecho al respeto de la vida privada y la correspondencia y la libertad de expresión. El TEDH estimó la violación del artículo 8, en su doble vertiente de obligaciones positivas y negativas, por el mal uso de sus datos personales, que habían sido incluidos en un atestado policial, y por el hecho de que las autoridades españolas, incluyendo las jurisdiccionales, no hubieran investigado suficientemente la filtración del atestado ni depurado responsabilidades. No encontró, sin embargo, vulneración de la libertad de expresión, por entender que los procedimientos disciplinarios que abrió el Consejo General del Poder Judicial no tuvieron ningún efecto disuasorio sobre los jueces. Con independencia del contexto en el que se produjeron los hechos y que las opiniones vertidas en el Manifiesto estuvieran o no jurídicamente bien fundamentadas, las autoridades no pueden prevalerse de los datos personales que obran en su poder con finalidades inciertas, distintas de las previstas por la ley. Recae sobre los tribunales internos en un Estado democrático la obligación de garantizar la legalidad y la regularidad del uso de los datos personales de los individuos, realizando investigaciones efectivas capaces de establecer los hechos y depurar responsabilidades.
The Catalan sovereignty process has given rise to several lawsuits before the European Court of Human Rights (ECHR). The recent ruling M. D. and Others v. Spain deals with the leak to the press of personal information of over thirty serving judges and magistrates working in Catalonia who in 2014 had signed a Manifesto on the Catalan people’s “right to decide”. Before the Strasbourg Court, they alleged the violation of Articles 8.1 and 10.1 of the European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms, which respectively proclaim the right to respect for private life and correspondence and freedom of expression. The ECHR estimated the violation of both positive and negative obligations arising from Article 8, due to (a) the misuse of their personal data, which had been included in a police report, and (b) the fact that the Spanish authorities had not sufficiently investigated the data leak with a view to identify and punish the persons responsible of the facts. However, the Court did not find a violation of freedom of expression since the disciplinary procedures opened by the General Council of the Judiciary did not have any chilling effect on the judges. Regardless of the context in which the events occurred and whether or not the opinions expressed in the Manifesto were legally well-founded, public authorities should not take advantage of registered personal data for uncertain purposes, other than those provided by law. The national courts in a democratic State are vested with the task of guaranteeing the legality and regularity of the use of personal data of individuals, carrying out effective inquiries capable of establishing the facts and determining responsibilities.
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