Recuperada la confianza en el arbitraje español y en España, y en concreto, en aquellos arbitrajes cuya sede era Madrid, comentamos en esta ocasión una reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la que se da validez a la certificación expedida por la Institución de arbitraje administradora del procedimiento en lo relativo a las notificaciones practicadas durante la tramitación del procedimiento. Igualmente me detendré en la relevancia que se da a la autonomía de las partes, y la posibilidad de que las mismas no solo decidan sobre el sometimiento de las controversias al arbitraje, sino también, de otros aspectos de mera tramitación del procedimiento, como en este caso, el sistema para la práctica de las notificaciones.
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