Una de las novedades más relevantes introducidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal, en virtud de la ley 16/2022 de 5 de septiembre (en adelante “la Ley”) y cuyo origen se sitúa en la transposición de la Directiva UE 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva, ha sido la aparición en la legislación española de la figura del Experto en la Restructuración, que debe ser obligatoriamente nombrado en aquellas situaciones expresamente recogidas en la Ley. Directiva y Ley protectoras de la figura del deudor, alejados de la práctica anglosajona que ofrece un mayor protagonismo a los acreedores. Ampliación del considerando de la Directiva sobre honorarios del Experto en la Restructuración, sin contradecir la misma: siempre que en el plan de reestructuración homologado por el juez se prevea expresamente que la retribución del experto sea a cargo del deudor, los acreedores podrán repercutir los costes del asesor solicitado por los mismos. Ampliación del considerando de la Directiva sobre las funciones del Experto en la Restructuración, estableciéndose en la Ley que este deberá preparar el informe sobre el valor en funcionamiento de la empresa, en caso de planes de restructuración no consensuales.
El objeto del presente trabajo es analizar las funciones, nombramiento y retribución del experto, así como su sustitución y eventual responsabilidad civil en los planes de reestructuración regulados en el libro II del Texto Refundido de la Ley Concursal.
One of the most relevant novelties introduced in the Consolidated Text of the Bankruptcy Law, by virtue of Law 16/2022 of September 5 (hereinafter “the Law”) and whose origin is located in the transposition of the EU Directive 2019/1023 on preventive restructuring frameworks, has been the appearance in Spanish legislation of the figure of the Expert in Restructuring, that must be compulsorily appointed in those situations expressly included in the Law. Directive and Law protecting the figure of the debtor, far from the Anglo-Saxon practice that offers a greater role to creditors. Extension of the recital in the preamble to the Directive on the Fees of the Restructuring Expert, without contradicting it: provided that the restructuring plan approved by the judge expressly provides that the remuneration of the expert is borne by the debtor, creditors may pass on the costs of the advisor requested by them.
Extension of the recital in the preamble to the Directive on the functions of the Restructuring Expert, establishing in the Law that the latter must prepare the report on the operating value of the company, in case of non-consensual restructuring plans The purpose of this paper is to analyze the functions, appointment, and remuneration of the Expert, as well as his replacement and eventual civil liability in his role on the restructuring plans regulated in book II of the Consolidated Text of the Bankruptcy Law
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