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¿Es suficiente el título habilitante autonómico para desarrollar una Vivienda de Uso Turístico?

  • Autores: Iñaki Bilbao Castro
  • Localización: Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: Revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, ISSN 0210-2161, Nº. 9, 2022
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Materia: Turismo y urbanismo. Necesidad de títulos habilitantes autonómico y municipal para el desarrollo de esta actividad económica.

      Actuación recurrida: Recurre la demandante la declaración municipal de ilegal e ilegalizable de la actividad de vivienda y uso turístico (VUT en adelante), inscrita en Registro de la Xunta de Galicia: ilegal, por no disponer de título municipal; e ilegalizable, por encontrarse la vivienda en el perímetro del caso histórico, donde está prohibido este uso desde la modificación del Plan Especial de la ciudad histórica, de 2018.

      Resolución: Sentencia N.o 169/2022, de 08 de abril, de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (AP 4029/2022); que revoca la Sentencia N.o 308/2021, de 22 de octubre, dictada en instancia (PO 376/2020) por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.o 1.


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