La discriminación ocasionada por diversos motivos, categorizados históricamente como prohibidos, ha sido analizada a través de numerosos instrumentos y resoluciones de múltiples organismos internacionales. Como una evolución de este análisis, en los últimos años se ha desarrollado el concepto de “discriminación interseccional”; entendiendo como tal a una forma particular de discriminación que resulta de la intersección de diversos motivos prohibidos que dan como resultado una forma determinada de discriminación con características específicas. En el caso Gonzales Lluy y otros vs. Ecuador, la Corte Interamericana de Derechos Humanos atendió la interseccionalidad de la discriminación sufrida por la víctima y la analizó considerando las características específicas de la misma. En el presente ensayo se analizará el desarrollo del concepto de interseccionalidad; posteriormente se desarrollará la aplicación de la interseccionalidad que realizó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gonzales Lluy y otros vs. Ecuador, y finalmente se presentarán conclusiones relativas a la importancia del desarrollo del concepto de discriminación interseccional.
Discrimination occasioned for various motives, historically categorized as prohibited, has been analyzed by means of numerous instruments and resolutions of multiple international organisms. As an evolution of this analysis, in the last few years the concept of “intersectional discrimination” has been developed; this being understood as a particular form of discrimination that results from the intersectionality of diverse prohibited motives that result in a certain form of discrimination with specific characteristics. In the case of Gonzales Lluy and others vs. Ecuador, the Inter-American Court of Human Rights addressed the intersectionality of the discrimination suffered by the victim and analyzed it, taking its specific characteristics into consideration. This article analyzes the development of the concept of intersectionality; it then develops the application of intersectionality by the Inter-American Court of Human Rights in the case of Gonzales Lluy and others vs. Ecuador, and, finally, it offers conclusions relating to the importance of the development of the concept of intersectional discrimination.
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