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Resumen de Sistema de aprovechamiento sustentable de fauna silvestre en una región de alta marginación del Altiplano Potosino

Fernando Clemente Sánchez

  • El Gobierno Federal Mexicano, sustenta en la Ley General de Vida Silvestre el aprovechamiento de la fauna en el territorio mexicano a través del registro de predios bajo la denominación de Unidades de Manejo para el Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMA). Alrededor de 12,570 UMAs están registradas, las cuales consideran una superficie de 38.78 millones de hectáreas. Son diversos los casos de éxito sobre el aprovechamiento sustentable de fauna silvestre en los estados de Baja California Sur, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas, Nuevo León, Aguascalientes y Yucatán, principalmente. Sin embargo, la mayoría de estos casos se refieren a predios particulares como ranchos ganaderos, donde se tiene el recurso económico para sufragar los gastos de operación. El caso opuesto es un gran número de UMAs que, no obstante obtuvieron su registro bajo el apoyo económico de programas gubernamentales, han sido abandonadas en su operación por la falta de recursos económicos para solventar el ejercicio de las mismas. Estos casos son generalizados en terrenos ejidales donde es necesario implementar acciones que garanticen la operación de la empresa, en beneficio de sus agremiados.


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