La reutilización y transferencia de tecnología entre Administraciones es una opción cada vez más habitual en nuestro panorama administrativo, y suele materializarse mediante convenios de colaboración que quedan al margen de la aplicación de la Ley de Contratos. Esta circunstancia ha provocado que el TJUE haya tenido que interpretar si dicha exclusión de la legislación contractual es acorde y cuáles son los límites para evitar la aplicación de la normativa de contratos.
The reuse and transfer of technology between administrations is an increasingly common option in our administrative landscape and is usually materialised through collaboration agreements that are excluded from the application of the Contract Law. This circumstance has led the TJUE to interpret whether this exclusion from contract law is consistent and what are the limits to avoid the application of contract law.
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