Ante la oleada de actos de protesta por parte de diferentes colectivos ecologistas que estamos presenciando en los últimos tiempos es conveniente realizar una reflexión sobre el alcance y los límites de los derechos fundamentales. ¿Se corresponden estos comportamientos con un ejercicio legítimo del «derecho de protesta» o suponen extralimitaciones? ¿Un abuso en el ejercicio del derecho valida automáticamente la intervención penal? ¿Puede la reacción punitiva generar un temor en la ciudadanía a ejercitar sus derechos? ¿Estamos ante una deriva de criminalización de la protesta social o ante una protección razonable de los bienes más preciados de la sociedad?
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