Jorge Alguacil González-Aurioles
A partir de las revoluciones liberal-burguesas de finales del siglo XVIII, como bien se sabe, se fueron imponiendo de modo progresivo las consecuencias organizativas del principio democrático, ampliando el círculo de los electores e incrementando el peso de los parlamentos. La democratización del poder, la inserción del pluralismo en el Estado y la configuración de éste, en muchos casos, a modo de Estado descentralizado políticamente, permitió a su vez, al menos en ciertas constituciones de Europa, configurar la solidaridad como principio jurídico sustentador del nuevo orden, de un renovado Estado territorialmente descentralizado, social y democrático de Derecho
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados