La Constitución Sacrosanctum Concilium afirma que la participación en la liturgia no abarca toda la vida espiritual (No. 12) y recomienda los ejercicios piadosos y las prácticas religiosas del pueblo cristiano, con tal que sean conformes a la ley y a las normas de la Iglesia (No. 13). El autor de este artículo nos presenta la reflexión que ha hecho el episcopado latinoamericano en torno al tema de la religiosidad popular, tomando como base los documentos de Medellín, Puebla y Santo Domingo.
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