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Avanzando en la regulación de la IA: hacia un equilibrio entre ética, protección de los derechos fundamentales, seguridad, confianza, innovación, desarrollo y competitividad

  • Autores: José Manuel Muñoz Vela
  • Localización: Derecho Digital e Innovación. Digital Law and Innovation Review, ISSN-e 2659-871X, Nº. 14, 2022
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La inteligencia artificial es una tecnología de un potencial disruptivo incuestionable en todos los ámbitos y sectores de actividad que cambiará el mundo que conocemos. Sus bondades están fuera de toda duda, si bien, comporta distintos riesgos y retos que deben ser adecuadamente identificados y gestionados, los cuales no pueden ser abordados exclusivamente desde la ética o la autorregulación, sino que exigirán la intervención reguladora del legislador al objeto de garantizar la adecuada protección de los bienes, derechos e intereses en juego. Esta intervención no es ni será fácil, y su objeto y alcance está siendo objeto de una ardua discusión en la actualidad a nivel internacional y, por supuesto, también en el ámbito de la UE, ante la tramitación de la conocida como Artificial Intelligence Act (AI Act), que pretende ser una norma pionera y de referencia internacional, pero que está evidenciado desde su elaboración las discrepancias existentes respecto del propio concepto de IA —sobre el que no existe actualmente un consenso ni científico, ni ético ni jurídico—, como respecto del adecuado enfoque, objeto, alcance y técnicas para la regulación de la IA.

      La regulación propuesta en el seno de la UE parte de los principios y valores europeos, lo que comporta situar a la persona y sus derechos fundamentales como los aspectos prioritarios, pero sin descuidar la necesidad de garantizar la seguridad para ciudadanos, empresas y Administraciones Públicas, la innovación y sus incentivos, el desarrollo tecnológico así como la competitividad de la industria europea, en una carrera por liderar la misma y que encabezan países como EE.UU. y China, así como los gigantes tecnológicos. La consecución del equilibrio entre todos los intereses en juego, en constante e inevitable tensión, no es una tarea fácil, especialmente ante el imparable avance y evolución de la IA, si bien, para conseguirlo no debe obviarse el derecho a la misma y su accesibilidad, y no sólo por ciudadanos, sino por Gobiernos, Administraciones públicas y empresas. Los derechos fundamentales y la dignidad de la persona deben estar siempre por encima de cualquier tecnología, incluida la IA, y corresponde al ser humano definir su futuro, así como el de la IA que necesita o desea. El presente artículo pretende abordar el tratamiento de los derechos fundamentales en los principales marcos éticos propuestos hasta la fecha, en las propuestas reguladoras presentadas, especialmente en el ámbito europeo, y como se ha abordado dicho equilibrio en las mismas.

    • English

      Artificial intelligence is a technology with unquestionable disruptive potential in all areas and sectors of activity that will change the world as we know it. Its benefits are beyond any doubt, although it entails different risks and challenges that must be properly identified and managed, which cannot always be addressed exclusively from ethical frameworks or self-regulation, but will require the regulatory intervention of the legislator in order to ensure adequate protection of the assets, rights and interests at stake. This intervention is not and will not be easy, and its purpose and scope is currently the subject of an arduous discussion at international level and, of course, also at EU level, in view of the processing of the so-called Artificial Intelligence Act (AI Act), which is intended to be a pioneering standar and an international reference, but which is evidenced since its drafting by the existing discrepancies regarding the very concept of AI —on which there is currently no scientific, ethical or legal consensus— as well as regarding the appropriate approach, purpose, scope and techniques for the regulation of AI.

      The regulation proposed within the EU is based on European principles and values, which means placing the individual and his or her fundamental rights as the priority aspects, but without neglecting the need to guarantee security for citizens, companies and public administrations, innovation and its incentives, technological development and the competitiveness of European industry, in an unbridled race to lead, led by countries such as the USA and China, as well as the technological giants. Achieving a balance between all the interests at stake, in constant and inevitable tension, is not an easy task, especially in the face of the unstoppable advance and evolution of AI, although, in order to achieve it, the right to it and its accessibility should not be ignored, and not only by citizens, but also by governments, public administrations and companies. The fundamental rights and dignity of the individual must always be above any technology, including AI, and it is up to human beings to define their future, as well as that of the AI they need or want. This article aims to address the treatment of fundamental rights in the main ethical frameworks proposed to date, in the regulatory proposals presented, especially at the European level, and how this balance has been addressed in them.


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