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La consideración de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sobre la dignidad de la mujer gestante y del nacido en el convenio de gestación por sustitución

  • Autores: Francisco Javier Orozco Gónzalez
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10204, 2023
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Sala de lo Civil de nuestro Tribunal Supremo (Sentencia de 6 de febrero de 2014, Auto de 2 de febrero de 2015 y Sentencia de 31 de marzo de 2022) considera que el convenio de gestación por sustitución —aun realizado en país extranjero que lo admita y regule— infringe el orden público internacional español, en cuanto resulta incompatible con los valores constitucionales de dignidad de la persona (exart. 10.1º CE), vulnerando la dignidad de la mujer gestante y del niño, que son tratados como meros objetos y a los que se cosifica. No obstante, a pesar de esta rotundidad, a veces excesiva, nuestro Alto Tribunal, ni impide la registración de la filiación jurídica derivada de resolución judicial extranjera, ni deja de proponer que el así nacido y los comitentes puedan establecer un vínculo jurídico de filiación recurriendo a la adopción.


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