La entrada en vigor de la Ley 16/2022 ha planteado algunos problemas interpretativos en su régimen transitorio ya que aspectos fundamentales de la norma son de aplicación inmediata, incluso para procedimientos iniciados con el anterior régimen legal. En algunos partidos judiciales se han elaborado criterios interpretativos de este régimen transitorio. En este comentario se hace referencia al acuerdo de la junta de jueces mercantiles de Barcelona en el que se fijan los primeros criterios interpretativos de la Disposición Transitoria 1 de la nueva Ley
The entry into force of Law 16/2022 has raised some interpretative problems in its transitional regime since fundamental aspects of the rule are immediately applicable, even for proceedings initiated under the previous legal regime. Some judicial districts have developed interpretative criteria for this transitional regime. In this commentary reference is made to the agreement of the board of commercial judges of Barcelona in which the first interpretative criteria of Transitional Provision 1of the new Law are established.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados