El art. 197.2 CP castiga a quien, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado o a quien acceda por cualquier medio a los mismos o a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero. Pero ¿qué debe entenderse por «en perjuicio del titular de los datos o de un tercero»? ¿Es el perjuicio un elemento común a todas las conductas descritas en el tipo? A dar respuesta a estos interrogantes se dedica el presente artículo.
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