En numerosas ocasiones, la Corte Suprema ha fallado casos de precario en los cuales el demandado justifica su ocupación a través del matrimonio. Frente a estos casos, la Corte Suprema mantiene dos líneas de razonamiento contradictorias. El propósito de este trabajo es doble. De una parte, se trata de mostrar estas líneas y su carácter contradictorio. De otra, es acerca de defender una de ellas como correcta y aplicarla. Al aplicarlas, se concluye que el matrimonio debe estar vigente, que no es una defensa en contra de terceros, salvo casos de fraude civil y que, existiendo un concurso entre la acción de precario y la de comodato precario, deben emplearse las normas sobre concursos.
Many times, the Supreme Court has decided precario cases where the defendant argues marriage to justify his position. The Supreme Court holds two contradictory lines of reasoning. The purpose of this article is twofold. On the one hand is about to show these two lines and its contradictory character. On the other is about defending one of them as correct and apply it. Three conclusions emerge: First, marriage must exist. Second, besides civil fraud this defense is worthless regarding third parties. Three, concurring precarious action and precarious loan, then general rules of concourses must be used.
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