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Resumen de La responsabilidad solidaria del órgano de administración plural y la problemática de la acción de regreso entre sus miembros

Nuria Fachal Noguer

  • español

    La legislación societaria contempla una previsión específica sobre la responsabilidad solidaria de los integrantes de un órgano de administración plural. En el presente trabajo se analiza cómo opera este régimen de responsabilidad, en la esfera externa e interna. En concreto, desde esta segunda perspectiva, una vez que uno de los responsables solidarios satisface la indemnización al perjudicado, se activa a su favor la vía de regreso, que le permite reclamar de los demás corresponsables la parte de la que debe responder cada uno de ellos. El ejercicio de la acción de regreso plantea dudas de índole procesal, derivadas de la existencia de un previo pronunciamiento de condena contra uno o varios de los responsables solidarios, dictado en el proceso entablado a instancia del perjudicado. Otras dudas afectan al ámbito subjetivo sobre el que se proyecta la acción de regreso, pues, a partir de la distinción entre solidaridad propia e impropia, la jurisprudencia ha mantenido una acotación de la acción de regreso a los sujetos inicialmente demandados en el proceso promovido a instancia del perjudicado.

  • English

    Corporate legislation includes a specific provision on the joint liability of members of a plural management body. This paper analyzes how this liability regime operates in both the external and internal spheres. Specifically, from this second perspective, once one of the jointly liable parties satisfies the compensation to the injured party, a right of return is activated in their favor, allowing them to claim from the other co-liable parties their share of responsibility. The exercise of the right of return raises procedural doubts arising from a previous judgment against one or several jointly liable parties issued in proceedings initiated by the injured party. Other doubts affect the subjective scope of the right of return since based on the distinction between proper and improper solidarity, jurisprudence has limited it to subjects initially sued in proceedings initiated by the injured party.


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