Para determinar la residencia fiscal de un trabajador desplazado al extranjero se computan como intereses económicos «españoles» los salarios satisfechos desde España, y esos mismos importes como inversión, en la medida en que se abonan a una cuenta bancaria española.
La aplicación del bagaje normativo esencial que incorpora un convenio sobre doble imposición (destacadamente, exenciones o limitaciones de tributación en la tributación en el Estado de fuente de las rentas), como consecuencia de las reglas de distribución de potestades acordadas bilateralmente, requiere la aportación de un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades fiscales del otro país, a efectos del tratado en cuestión.
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