En este trabajo me propongo examinar lasreglamentaciones sobre castillos y arquitectura fortificada en Italia e Inglaterra, realizandocon frecuencia sendas referencias a la correspondiente normativa francesa. Descompondrélos dos ordenamientos jurídicos, escogidos porsu idiosincrasia a menudo antitética, en tresdistintos formanti1 para proceder, en últimainstancia, a extrapolar algunas conclusiones entorno al dilema planteado in subjecta materiasobre las herramientas normativas más adecuadas para reglamentar las actividades de restauración de estos edificios históricos: normasjurídicas o recomendaciones técnicas.
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