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Resumen de La vulneración de la garantía de no autoincriminación en la resolución 327-2014 CNJ en Ecuador

Janeth Susana Bravo De La Cruz, Edison Napoleón Suárez Merino, José Sebastián Cornejo Aguiar, Jaime Vintimilla Saldaña

  • español

    El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente la vulneración de la garantía de no autoincriminación en la resolución 327-2014 CNJ en Ecuador. Se desarrolló desde la perspectiva cuantitativa, de tipo descriptiva se complementa por un diseño documental-bibliográfico, permitió la recogida de información extraída de los diferentes textos jurídicos abordando el método analítico, examinados en el análisis de contenido escrito, a través de la elaboración de memos documentales, constituida por la constitución, normas, leyes y artículos de investigación. Así mismo, se aplicó un cuestionario de cinco interrogantes a un grupo de 252 abogados. Se concluye, que analizada la auto incriminación como un elemento jurídico volátil, que puede ser empleado para perjudicar a una de las partes. Los delitos de tránsito y en el momento de acceder a una conciliación debe ser propuesto cuando se llegue a determinar la culpabilidad en base de pruebas, se puede acceder a una conciliación.

  • English

    The general objective of the research was to legally analyze the violation of the guarantee of non-self-incrimination in resolution 327-2014 CNJ in Ecuador. It was developed from the quantitative perspective, descriptive type is complemented by a documentary-bibliographic design, allowed the collection of information extracted from the different legal texts approaching the analytical method, examined in the analysis of written content, through the development of documentary memos, consisting of the constitution, rules, laws and research articles. Likewise, a questionnaire of five questions was applied to a group of 252 lawyers. It is concluded that, having analyzed self-incrimination as a volatile legal element, it can be used to harm one of the parties. The traffic offenses and at the moment of agreeing to a conciliation it should be proposed when the guilt is determined on the basis of evidence, it can be agreed to a conciliation.


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