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Trabajadoras de hogar y cuidados: ¿hay algún límite a la indignidad?

  • Autores: Isabel Otxoa Crespo
  • Localización: Mientras tanto, ISSN 0210-8259, Nº. 224, 2023
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La (des)protección social de las trabajadoras de hogar ha sido tal que, tras cada paso en la equiparación, cualquiera se pregunta cómo fue posible lo anterior. El derecho a la asistencia sanitaria se les reconoció dieciocho años más tarde que al resto de gente trabajadora, a ellas se les exigían seis meses de cotización previa cuando a los demás se les atendía desde el mismo momento de la afiliación, durante los primeros siete días de enfermedad ellas, y solo ellas, no tenían derecho a la asistencia médica del seguro.

      Hasta el año 2012, las bajas de enfermedad no se les abonaban sino a partir de las cuatro semanas y su trabajo era tratado de manera tan despectiva que hasta esa fecha no tuvieron reconocido el accidente laboral. Inexacto: se les reconoció legalmente desde el 1 de enero del año 2011, pero no se hizo efectivo hasta un año después, cuando se comenzó a cotizar por accidente. La clase médica está tardando bastantes más años en darse por enterada de que en el empleo de hogar y cuidados suceden accidentes laborales.


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