La iniciativa legislativa popular (ILP) en España ha mantenido una eficacia muy limitada con tan sólo cuatro proposiciones adoptadas como ley en el Congreso de los Diputados. Cuarenta años después de la aprobación de la LO 3/1984 de ILP, es preciso analizar las causas que cercenan su empleo, ya que el 37% de las iniciativas resultan inadmitidas y otro 37% caduca sin reunir las firmas requeridas. La Constitución Española estipula (art. 87.3) un margen formal y material muy estrecho para el instrumento, con un requisito de firmas que dificulta el acceso de las propuestas y una exclusión de las materias propias de ley orgánica especialmente lesiva, como se comprobará. Auspiciado por la crisis económica y de confianza, desde el año 2011 se ha producido cierto repunte en la utilización del mecanismo que es preciso analizar, pues parece desmontarse parcialmente la idea extendida sobre el carácter anodino e ineficaz de la figura.
Recibido: 07.02.2023Aceptado: 13.06.2023
Our democracy needs the legislative impulse of citizens to improve their representation. Forty years after the popular initiative law (LO 3/1984), the instrument of participation still plays a secondary role in Spain. In this way, only four initiatives have been approved in Parliament (with many changes); the causes of failure are the censored topics, and a high number of signatures required (Article 87.3 of Spanish Constitution). In fact, 37% of initiatives were declared inadmissible, and also 37% did not reach the signature limit. However, since 2011 more initiatives have been presented in Parliament. Therefore, it’s necessary to analyze this context.
Received: 07.02.2023Accepted: 13.06.2023
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