Iván Antonio Villamizar Molina
La función jurisdiccional concebida como el poder que maneja el estado moderno, derivado de su autoridad, para solucionar, los conflictos de intereses que se susciten entre los particulares y entre éstos y el estado. Mecanismo desarrollado por el juez y las partes, para hacer efectivo el derecho material que ellas pretenden, teniendo como fundamento aquellos puntos de hecho y de derecho que estos exponen en la demanda o con la excepción sustancial propuesta por el demandado, con miras a que el juez en últimas resuelva el litigio planteado mediante una decisión definitiva que se haga cumplir contra quien resulta vencido en el juicio.
El procedimiento jurisdiccional se organiza teniendo en cuenta que su estructura es aplicable por igual a todos los procesos civiles, con la observancia de que en algunos habrá dominancia de la actuación escrita; mientras que en otras, la dominancia será de la actuación oral, pero la tendencia es dejar los actos procesales escritos para pasar a la oralidad como elemento dominante, mediante una serie de etapas procesales, que van desde aquellos actos preparatorios que surten a la solicitud de parte con miras a cumplir con requisitos legales, que buscan asegurar para el proceso algún bien patrimonial del demandado, con miras a lograr en últimas la eficacia de la sentencia en contra de este.
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