En el marco de las grandes transformaciones del derecho de la compraventa destaca la obligación del vendedor de transmitir la propiedad de la cosa que se contrapone a la obligación del vendedor de garantizar al comprador la pacífica posesión propia del Derecho Romano. Uno los hitos en la trasmisión de este modelo lo encontramos en la Convención de Viena de 1980 sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, irradiando este convenio internacional su influencia en los trabajos de armonización del derecho privado europeo que, a su vez, también proyectan su influencia en las reformas de las codificaciones continentales.
In the context of the major transformations of sales law, the obligation of the seller to transfer ownership of the goods stands out, contrasting with the seller's obligation to guarantee the buyer peaceful possession, as in Roman Law. One milestone in the transmission of this model can be found in the United Nations Convention on Contracts for the International Sale of Goods of 1980, this international agreement spreads its influence in the instruments of harmonization of European private law which, in turn, also projects its influence on the reforms of the continental codifications.
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