La sentencia del Tribunal Supremo da sentido a la doctrina jurisprudencial que niega la presunción iuris tantum de actuar en beneficio de la comunidad al comunero que individualmente ejercita acción afirmando hacerlo en interés de la comunidad, pero existiendo oposición de otros comuneros.
Dicha conclusión invita a comentar la legitimación individual del comunero en las comunidades de propietarios.
Comunero; legitimación individual; acción; beneficio de la comunidad; presunción iuris tantum; comunidad de bienes; propiedad horizontal.
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