La nueva Directiva ATEX 137 surge como continuación de la ATEX 100, ampliamente comentada por uno de los autores del presente artículo en uno anterior publicado en esta revista en el número 371 de septiembre de 2000. La ATEX 100 se ocupa de los equipos para atmósferas explosivas, y la ATEX 137, de la protección de la seguridad y salud de los trabajadores expuestos a ambientes potencialmente explosivos. La entrada en vigor de esta última se produjo el 1 de julio de 2003 para todas las instalaciones nuevas y afecta también a las antiguas que se modifiquen a partir de esa fecha.
El presente artículo comenta esta nueva Directiva, ya traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante el R.D. 681/2003, que establece la obligación del empresario de llevar a cabo la evaluación concreta de los riesgos de explosión, de elaborar y mantener actualizado el documento de protección contra explosiones y de clasificar de los emplazamientos en zonas.
1.Introducción La Directiva 1999/92/CE (ATEX 137), traspuesta al orden jurídico español mediante el R.D. 681/2003 [1], constituye la base legal para garantizar la protección de la seguridad y salud de los trabajadores expuestos a atmósferas explosivas.
Previamente había visto la luz la Directiva 94/9/CE (ATEX 100), traspuesta mediante el R.D. 400/ 1996 [2], sobre equipos para atmósferas explosivas.
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