Uno de los Objetivos de desarrollo sostenible promulgados en el ámbito de la ONU en 2015 tiene por denominación «promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la Justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles». Por tanto, en su plural alcance se hace mención expresa a la accesibilidad de la Jurisdicción como elemento cosido a su sostenibilidad. Una vez asumidos por España tales Objetivos, se trata en estas páginas de analizar el contenido y efectos del que se ha enunciado; así como de testar si la actividad legislativa más reciente está cumpliendo (o no) con tal finalidad, máxime habida cuenta la imparable cadena de reformas reconfiguradoras del proceso civil que encierran en sí altas probabilidades de convertirlo en una realidad diferente a la que, inicialmente, se encuentra reflejada y predefinida por nuestra Constitución, con los devastadores efectos que ello pudiera acarrear para la misma garantía del Derecho objetivo (y de los derechos subjetivos de la ciudadanía)
One of the Sustainable Development Goals promulgated at the UN in 2015 is called «promote peaceful and inclusive societies for sustainable development, facilitate access to justice for all and create effective, accountable and inclusive institutions at all levels». Therefore, in its plural content, express mention is made of the accessibility of the Jurisdiction as an element sewn to its sustainability. Once assumed by Spain such Objectives, in these pages we´ll analyze its content and effects; as well as to test if the most recent legislative activity is fulfilling (or not) for this purpose, especially in view of the unstoppable chain of reconfigurating reforms of the civil process, with high probability of making it a reality different from the one initially reflected and predefined by our Constitution.
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