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Resumen de Presentación del incidente de nulidad de actuaciones como cauce de admisión del recurso de amparo a la vista de la reciente sentencia del TEDH (15 de diciembre de 2022, asunto Olivares Zúñiga c. España)

Carolina Gómez de José

  • español

    En esta breve contribución pretendo reflexionar sobre la excepcionalidad con que se configura el incidente de nulidad de actuaciones regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, con carácter previo a la presentación del recurso de amparo, ante el Tribunal Constitucional, por vulneraciones de derechos fundamentales, imputables a los órganos jurisdiccionales. Pese a que se configura con carácter sumamente excepcional, en el sentido de que, «No se admitirán con carácter general incidentes de nulidad de actuaciones», veremos que en la práctica no es tal, y que para poder pasar uno de los filtros de admisibilidad del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, en la mayoría de las ocasiones, deberemos presentar, «ad cautelam», el incidente de nulidad de actuaciones, si no queremos encontrarnos con una causa de inadmisión previa, a la controvertida justificación de la especial transcendencia constitucional. La reciente sentencia del TEDH, de 15 de diciembre de 2022, asunto Olivares Zúñiga c. España da un aliento de esperanza, en el sentido de que en los casos en que su uso no sea obligatorio, es decir, cuando la lesión de derechos fundamentales forme parte del conocimiento del proceso, no será necesaria su presentación. Lo que a buen seguro mejorará las estadísticas de inadmisiones de los recursos de amparo por esta causa.

  • English

    In this brief contribution I intend to reflect on the exceptionality with which the incident of nullity of actions regulated in the Organic Law of the Judiciary is configured, in the wording given by Organic Law 6/2007, of May 24, prior to the presentation of the amparo appeal, before the Constitutional Court, for violations of fundamental rights, attributable to the jurisdictional bodies. Despite the fact that it is configured on an extremely exceptional basis, in the sense that, «Incidents of nullity of actions», we will see that in practice it is not such, and that in order to pass one of the admissibility filters of the amparo appeal before the Constitutional Court, in most cases, we must present, «ad cautelam», the incident of nullity of actions, if we do not want to find ourselves with a cause of prior inadmissibility, to the controversial justification of the special constitutional significance. The recent judgment of the ECtHR, of December 15, 2022, case Olivares Zúñiga c. Spain gives a breath of hope, in the sense that in cases where its use is not mandatory, that is, when the violation of fundamental rights is part of the knowledge of the process, its presentation will not be necessary. Which will surely improve the statistics of inadmissibility of appeals for protection for this reason


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