La Sentencia 232/2022 de 14 de marzo de la Sala 2ª de lo penal del Tribunal Supremo ha dado un paso positivo hacia la delimitación del concepto típico de «documento mercantil» (art. 392.1 CP), como documento digno de recibir una sobreprotección penal equivalente a la de los documentos oficiales y públicos, aun cuando se trate de documentos privados que tienen una protección muy débil, pues de ordinario se consideran subsumidos en el delito final al que sirven de instrumento. En este artículo se denuncia la insuficiencia de esta nueva doctrina jurisprudencial, que mantiene en cambio el cuasianalógico concepto de «autenticidad» en la simulación de documento (art. 390.1-2º CP), reclamando una urgente solución «de lege ferenda» que actualice de una vez una defectuosa regulación histórica de los siglos XIX y XX, agravada por los redactores del vigente código de 1995, para cuyo anteproyecto se ofrece un primer borrador.
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