Jimena Duarte de Villa, Elena Camacho Arranz
A finales del siglo XIX y principios del XX se realizaron los trabajos de formación del Mapa Topográfico Nacional a escala 1/50.000, siendo la delimitación de términos municipales uno de las primeras fases que se realizaba. Estos datos se han mantenido hasta la actualidad, no obstante, debido a los instrumentos topográficos y metodologías utilizadas en su día y posteriormente a los procesos de digitalización para su incorporación a cartografía digital, estas geometrías tienen una incertidumbre, en la gran mayoría de los casos, mayor de 40 metros, y como consecuencia, no se pueden utilizar para la representación de los límites jurisdiccionales en cartografías a mayor escala, como es el caso de la catastral.
Estas delimitaciones municipales se encuentran inscritas en el Registro Central de la Cartografía (en adelante RCC), siendo de acceso público y permitiendo a cualquier usuario consultar la información correspondiente a cada línea.
Tal y como establece el artículo primero del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, el catastro es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda en el que se describen los inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Adicionalmente, en su artículo sexto, define bien inmueble como la parcela o porción de suelo de una misma naturaleza, enclavada en un término municipal y cerrada por la línea poligonal que la delimita, por tanto, la unidad de trabajo será el término municipal y como consecuencia, será necesario tener una delimitación a la escala adecuada.
Los límites municipales que se visualizan en Catastro tienen valor meramente tributario y catastral, no tienen carácter oficial desde el punto de vista de la delimitación jurisdiccional. El trazado actual de las líneas de término catastral, delimitan parcelas que tributan en distintos municipios permitiendo que los ayuntamientos puedan conocer la cobertura catastral de su municipio e identificar discrepancias groseras. Cuando las mejoras geométricas de las líneas límite inscritas en el RCC garantizan una precisión mejor que 1 m en el trazado, son tenidas en cuenta en catastro cuando las solicitan los Ayuntamientos, titulares particulares, e incluso, catastro inicia de oficio el ajuste, cuando la diferencia entre límites de catastro y RCC es muy grande
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