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La coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad: estado actual y próximos pasos

  • Autores: Luis Manuel Benavides Parra, Fernando Serrano Martínez, Juan Carlos Ojeda Manrique, Elisa Martín Ortega
  • Localización: Topografía y cartografía: Revista del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía, ISSN 0212-9280, Nº 179, 2022 (Ejemplar dedicado a: XII Congreso Internacional de Geomática y Ciencias de la Tierra 2022.), págs. 397-406
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El Registro de la Propiedad y el Catastro, siendo instituciones diferentes con distintos objetivos, las dos actúan sobre el territorio, siendo necesario que compartan información con el objeto de optimizar de una forma eficaz y eficiente los recursos de las Administraciones Públicas.

      Dicha colaboración ya se menciona en la exposición de motivos de la Ley Hipotecaria de 21 de abril de 1909, y durante más de un siglo ha sido uno de los grandes objetivos en el tráfico inmobiliario. La aprobación de la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley del Catastro inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, ha supuesto un gran avance en la colaboración y coordinación entre ambas instituciones, con el objeto de evitar duplicidades, mejorar la identificación de los inmuebles, aumentar la seguridad en el tráfico inmobiliario y producir una mejora en la prestación de servicios a los ciudadanos y al resto de las Administraciones Públicas.

      Después de unos años de funcionamiento de la citada Ley 13/2015, se ha puesto de manifiesto la existencia de disfunciones que dificultan las comunicaciones y suministros de información entre ambas instituciones, por lo que ha sido necesario resolver estos obstáculos mediante la publicación de la Resolución conjunta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueban especificaciones técnicas complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la cartografía catastral y otros requisitos para el intercambio entre el Catastro y el Registro de la Propiedad.

      En el presente artículo se pretende exponer cuál ha sido la evolución en la coordinación entre ambas instituciones, mostrar los aspectos más relevantes de la última resolución publicada, desde el punto de vista catastral y el registral, y finalmente el estado actual sobre la implementación de esta resolución


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