En la sentencia se analiza el carácter salarial de determinados pluses en el marco de un contrato de servicios de vigilancia y seguridad privada. La retribución anual de los trabajadores de la licitadora solo alcanzaría el salario mínimo profesional si dichos complementos se incluyen en el concepto de salario. Al considerarlos pluses extrasalariales, la Administración excluyó a empresa de la licitación
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