Santiago, Chile
Desde los orígenes del constitucionalismo moderno la incorporación de un catálogo de derechos ha gozado de amplia aceptación. Lo anterior resulta indiscutible si nos referimos a los derechos civiles y políticos. Sin embargo, no ocurre lo mismo con los derechos sociales, habiendo diferentes opiniones en la literatura sobre su fundamento y constitucionalización. A este respecto, cobra especial relevancia la idea del Estado social como mandato al Estado para hacerse cargo de las vicisitudes que coartan la posibilidad de desarrollar los proyectos de vida de las personas. En virtud de lo anterior, este artículo presenta el panorama del actual debate acerca de la constitucionalización de los derechos sociales y su vinculación con la cláusula del Estado social de derecho. Asimismo, se ofrece una justificación de la constitucionalización de los derechos sociales desde la tradición liberal a partir de las nociones de autonomía y la idea de sociedad como un sistema de mutua cooperación.
Since the origins of modern constitutionalism, the incorporation of a catalogue of rights has enjoyed wideacceptance. The foregoing is indisputable if we refer to civil and political rights. However, the samedoes not occur with social rights and there are different opinions in the literature on its foundation andconstitutionalisation. In this regard, the idea of the Constitutional Social State as a mandate to the State totake charge of the difficulties that limit the possibility of developing people’s life projects is relevant. Thisarticle offers an overview of the current debate about social rights and its connection with the clause ofthe social rule of law and offers a defence of the constitutionalisation of these rights. To achieve this, ajustification for the constitutionalisation of social rights is offered from the liberal tradition based on thenotions of autonomy and the idea of society as a system of mutual cooperation.
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