El Tribunal Supremo en esta sentencia analiza el tema del orden de los apellidos en los casos de determinación de la paternidad no patrimonial, existiendo desacuerdo entre los progenitores. El Alto Tribunal entiende que en estos casos se debe atender al beneficio del menor a la hora de establecer el orden de los apellidos, bien sea para modificarlo o bien para mantener el orden que consta en la inscripción inicial de nacimiento del menor.
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