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Resumen de Validez e impugnación de un reconocimiento de complacencia de paternidad matrimonial

Angel Ilario Pérez

  • El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo analiza los llamados reconocimientos de complacencia en la paternidad matrimonial y fija doctrina jurisprudencial sobre tres cuestiones relativas a ellos: si son válidos o nulos; si pueden ser impugnados por el reconocedor sobre la base de no ser el padre biológico; y cuál es la acción que en tal caso puede ejercitarse. Matizando su anterior sentencia de 4 de julio de 2011 (ROJ STS 5546/2011) y apartándose de la línea apuntada en las de 27 de mayo y 12 de julio de 2004 (ROJ STS 3688/2004 y STS 5032/2004), el Tribunal Supremo rechaza el carácter absoluto en esta materia del principio constitucional de “verdad biológica”, principio que debe cohonestarse con los de seguridad jurídica y estabilidad en las relaciones familiares, en la línea de otras sentencias recientes, como las de 3 de diciembre de 2014 y de 30 de junio de 2016 (ROJ STS 5107/2014 y STS 441/2016).


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