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Resumen de El derecho del trabajador autónomo en situación de jubilación activa de cobrar el 100 % de la pensión cuando la persona a la que tiene contratada es empleada del hogar: La interpretación finalista ex art. 3.1. CC del art. 214.2 TRLGSS. A propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo, sala de lo social, 313/2023, 26 de abril de 2023, recurso de casación 517/2020

Carmen Pérez Dios

  • español

    Desde el año 2013, con la introducción de la jubilación activa en el ordenamiento jurí-dico español, se permite compatibilizar la percepción de la pensión de jubilación con la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena. La sentencia objeto de comentario tiene como cuestión principal la de determinar si un trabajador por cuenta propia en situación de jubilación activa reú- ne los requisitos para cobrar el 100 % de la pensión de jubilación, contemplados en el artículo 214.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. En particular, este artículo exige que se tenga contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena. En el caso que dio lugar a la sentencia analizada, el pensionista tenía por ocupación la reparación y mantenimiento de vehículos a motor, y había contratado a una persona como empleada del hogar. Así pues, la incógnita que suscita el supuesto de hecho es la que sigue: ¿la contratación de un trabajador para un puesto no relacionado con la actividad del pensionista permite solicitar el cobro del 100 % de la pensión de jubilación? La respuesta del Tribunal Supremo fue negativa, amparándose primor-dialmente en una interpretación finalista del artículo 214.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

  • English

    Since 2013, with the introduction of Active Retirement in the Spanish legal system, it is possible to combine the receipt of a retirement pension with self-employment or paid employ-ment. The main question in the Judgment under review is whether a self-employed person in Ac-tive Retirement meets the requirements for receiving 100 % of the retirement pension, as set out in article 214.2 of the consolidated General Social Security Act. In particular, that article requires at least one employee to be employed. In the case that gave rise to the judgment analysed, the pensioner’s occupation was repair and maintenance of motor vehicles, and he had hired a person as a domestic worker. Thus, the question arising from this case is the following: does the hiring of a worker for a job unrelated to the pensioner’s activity allow the pensioner to claim 100 % of the retirement pension? The Supreme Court’s answer was in the negative, relying primarily on a purposive interpretation of article 214.2 of the consolidated General Social Security Act.


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