Los Tribunales Económico-Administrativos desde 1924 resuelven las reclamaciones económico-administrativas (nacidas en 1881) para revisar los actos tributarios antes de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Los órganos económico-administrativos (Tribunales Económico-Administrativos Central, Regionales y Locales y la Sala Especial para unificación de doctrina) actúan con independencia funcional en el ejercicio de sus competencias, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso Banco de Santander (C-274/14) concluye que los Tribunales Económico-Administrativos no cumplen con la exigencia de independencia en su aspecto interno que caracteriza a los órganos jurisdiccionales a los efectos del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Sin embargo, es innegable que existe dentro del Ministerio de Hacienda separación funcional entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los Tribunales Económico-Administrativos.
Su centenario el próximo año 2024 es un buen momento para entender su origen y evolución, de analizar su situación actual y de evaluar las posibilidades de evolución y mejora.
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