Desde los pasados años ochenta, nuestros derechos administrativos han experimentado profundos cambios que pueden identificarse en tres direcciones: globalización, desestatización y descentralización. Recientemente, se han añadido otras fuerzas de transformación: un ciclo de crisis sucesivas, la digitalización y la presencia cada vez más importante de la dimensión espacial. Todas ellas tienen consecuencias para las construcciones fundamentales de nuestros derechos administrativos: sus teorías de las normas, las competencias y los órganos. Ello les obliga a reflexionar sobre los sistemas de valores subyacentes, los procesos de toma de decisiones y el reparto de funciones entre agentes públicos y privados. También sugiere la necesidad de reformas concretas, relativas al estatuto de las ciudades, el régimen de los espacios públicos, el régimen de lo público digital y la adaptación de nuestros derechos administrativos a las exigencias del cambio climático.
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