Disolver una formación política siempre ha sido objeto de disputa, y tiene su cierta lógica, pero la máxima que siempre hay que perseguir es la del perpetuo respeto hacia los derechos fundamentales y libertades públicas que se consagran en las Cartas Magnas. Por ello, a pesar de que el proceso de disolución de partidos políticos choque con otros derechos no significa que sea un procedimiento inconstitucional, puesto que no hay ningún derecho que tenga un valor absoluto, sino que todos tienen sus límites. En este sentido, se expondrá de forma primaria cuales son las bases constitucionales que han sustentado la posibilidad de crear, en su momento, la ley que ha instaurado el proceso de disolución de partidos políticos en España, y que, a día de hoy, cumple con veintiún años de historia
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