Jesús Manuel Villegas Fernández
La imparable recepción de la jurisprudencia europea, ora del ámbito de la Unión Europea ora del Consejo de Europa, sitúa al Consejo General del Poder Judicial en una posición cada vez más inestable, pues es dudoso que reúna los mínimos requisitos de independencia que exige el desempeño de sus funciones constitucionales. Frente a la incapacidad de las formaciones políticas para asumir las necesarias reformas estructurales, es el propio Consejo el que goza de atribuciones suficientes para autodisciplinar el ejercicio de sus facultades y, de este modo, contribuir a una mayor adecuación a las exigencias supranacionales de independencia judicial.
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