El indulto es una de las instituciones más polémicas del ordenamiento jurídico español.
Constituida como facultad discrecional del Ejecutivo, permite dejar sin efecto una condena ajustada a Derecho sin necesidad de motivación alguna, por entenderlo beneficioso para el interés nacional. La Ley del Indulto establece unos requisitos formales que el Gobierno ha de respetar y que han sido empleados por el Tribunal Supremo como resquicio para ejercitar una cada vez más estricta fiscalización a raíz de recursos diferentes. Progresivamente, se ha pasado de negar el control jurisdiccional a impedir su concesión en revisión de elementos materiales. A esta disputa se suma la oscura problemática del interés legítimo, fundamental a la hora de decidir si al recurrente le ampara la ley en sus pretensiones. Estas vicisitudes se examinan tomando como paradigma el denominado procés, ejemplo inmejorable para analizar la institución.
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