Este trabajo se aborda desde una doble perspectiva.1 Por un lado, desde la legislación y política de Primo de Rivera y de otro, desde su concreción en la práctica mediante el examen del ejercicio del cargo de la primera alcaldesa en España. La Dictadura concedió el derecho de sufragio, activo y pasivo, a las mujeres en la administración local y provincial, con exclusión de las casadas. El apoyo de las mujeres en el plebiscito de 1926, llevó al dictador a reconocer en el anteproyecto de Constitución de 1929 el derecho al voto de todas las mayores de 18 años, sin restricción alguna. La primera mujer que ejercerá el cargo de alcaldesa será Matilde Pérez Mollá. No sería electa por votación popular sino designada por el gobernador civil porque durante la Dictadura no se celebraron elecciones, pero su tarea al frente del consistorio de Cuatretondeta2 no desmereció a la de ningún hombre.
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