La especial protección que dispensa nuestro ordenamiento jurídico a los menores tiene que ser tenida en cuenta al realizar cualquier tipo de pacto matrimonial.
Ese interés superior debe de presidir todo acuerdo entre los progenitores y será un límite a la autonomía de su voluntad. Por ello, el Juez velará por su cumplimiento en los procedimientos de separación, divorcio o nulidad, o en cualquier otro que se pretendan hacer valer.
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