Antonio Vicente Sempere Navarro
Un recordatorio elemental. La transición de años siempre trae consigo la revisión del importe mínimo de las pensiones contributivas que abona nuestro sistema de Seguridad Social. Es comprensible que se atienda al importe establecido y que, en una generalizada simplificación, se piense que toda persona percibirá esa cantidad o una superior. Sin embargo, lo cierto es que en un número importante de casos eso solo ocurrirá si concurren los requisitos para percibir un suplemento que se adiciones a la pensión que ha quedado por debajo del importe mínimo como consecuencia de aplicar las reglas comunes sobre su cálculo, básica-mente centradas en la determinación de la base reguladora y el porcentaje correspondiente (a su vez tributario del tiempo cotizado).
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