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Simposio 3: Glucemia alterada en ayunas: ¿es hora de modificar el valor de corte adoptado por Argentina?

    1. [1] Universidad Nacional del Nordeste

      Universidad Nacional del Nordeste

      Argentina

  • Localización: Revista de la Sociedad Argentina de Diabetes, ISSN 0325-5247, ISSN-e 2346-9420, N° Extra 56 (Septiembre/Diciembre de 2022), 2022 (Ejemplar dedicado a: Suplemento XXIII Congreso Argentino de Diabetes), págs. 9-9
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • A fines del siglo pasado (1997), un Comité Internacional de Expertos convocados por la American Diabetes Association (ADA) reevaluó la clasificación y los criterios de diagnóstico de la diabetes mellitus (DM)1, definiendo por primera vez la categoría de glucemia en ayunas alterada (GAA), y estableciendo su rango entre ≥110 mg/dL y <126 mg/dL, con la intención de establecerla como análoga de la tolerancia a la glucosa alterada (TGA), previamente definida en un rango de ≥140 y <200 mg/dL a los 120 minutos de la prueba de tolerancia oral a la glucosa (PTOG). Poco tiempo después, la Organización Mundial de la Salud (OMS) adoptó gran parte de lo resuelto por la ADA, pero aconsejó que a aquellos con GAA se les realice una PTOG para descartar o confirmar la presencia de TGA o DM2.

      Posteriormente, a principios de este siglo, nuevamente la ADA reunió a sus expertos para reevaluar lo previamente definido y decidieron, en relación a las nuevas evidencias respecto de la progresión a DM y a la aparición de complicaciones macroangiopáticas, redefinir el límite inferior de la GAA adoptando 100 mg/dL.


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