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Participación de las víctimas en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la construcción de la esfera pública de duelo

    1. [1] Jurisdicción Especial para la Paz
  • Localización: Pensamiento jurídico, ISSN 0122-1108, ISSN-e 2357-6170, Nº. 58, 2023 (Ejemplar dedicado a: Derecho y multiplicidad), págs. 131-148
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Participation of the victims in the Special Jurisdiction for Peace (JEP) and the building of the public sphere of grief
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El Acuerdo Final para la Paz estableció que los derechos de las víctimas debían ser el eje central de las políticas públicas de transición hacia la paz. Por esta razón, se consagró el principio de centralidad de las víctimas en la Ley 1957 de 2019, Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Sin embargo, en los instrumentos normativos no se definió el grado idóneo de participación de las víctimas en los trámites judiciales ante la JEP. El profesor colombiano García Arboleda (2020) sostiene que debería permitirse a las víctimas los grados más altos de participación en los procesos judiciales, que incluyen el poder de decisión, de veto y de consulta sin veto, con el fin de fortalecer la esfera pública de duelo. En este artículo, discuto esta propuesta para mostrar que es irrazonable. En su lugar, defiendo la alternativa de que los grados intermedios de participación de las víctimas, como la provisión de información, participación indirecta y expresión incidental, y, en general, una participación restringida y limitada, pueden contribuir a la consolidación de la esfera pública de duelo, como lo respalda la jurisprudencia transicional sobre la materia.

    • English

      The Final Agreement for Peace indicated that the rights of the victims are the central nucleus of the publics policy of transition to the peace. For that reason, different legal instruments of transition declared as a principle the centrality of the victims. Nevertheless, no one of those defined the correct degree of participation of victims in the judicial proceeds in the JEP. The Colombian professor García Arboleda (2020) proposes that it should be the highest grade of intervention of the victims, i.e., makers decision, power of veto and consulting without veto, to strengthen the public sphere of grief. En this article, I pretend to show that thesis is unacceptable. In the contrary, I defend this alternative: the medium degree of participation of victims, like as provides information, indirect participation, or incidental expression, and, in general, some kind of limitation of the intervention of the victims could contribute to consolidation of the public sphere of grief, based in the transitional jurisprudence about this matter.


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