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Un órgano jurisdiccional no puede negarse a ejecutar una orden de detención europea («ODE») únicamente porque la persona buscada sea una madre con hijos de corta edad a su cargo: TJ, Gran Sala, 21 Dic 2023. Asunto C–261/22: GN

  • Autores: K. Jürimäe
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 121, 2024 (Ejemplar dedicado a: La comisión negociadora en la consulta‐negociación dentro del procedimiento del despido colectivo)
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Un órgano jurisdiccional no puede negarse a ejecutar una orden de detención europea («ODE») únicamente porque la persona buscada sea una madre con hijos de corta edad a su cargo. Sin embargo, el órgano jurisdiccional puede denegar la entrega de esa persona, excepcionalmente, si se cumplen dos condiciones: en primer lugar, debe haber un riesgo real de que se vulnere el derecho fundamental de la madre al respeto de su vida privada y familiar y el interés superior de sus hijos, a causa de deficiencias sistémicas o generalizadas en relación con las condiciones de reclusión de las madres con hijos de corta edad y de guarda de esos menores en el Estado miembro emisor de la ODE, y, en segundo lugar, deben existir razones serias y fundadas para creer que, habida cuenta de su situación personal, las personas de que se trata correrán ese riesgo debido a esas condiciones.


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